Recomendaciones No Vinculantes

En el marco del Sistema Estatal Anticorrupción, el Comité Coordinador tiene entre sus atribuciones, la aprobación de Recomendaciones No Vinculantes en materia de prevención y combate a la corrupción con el objeto de garantizar la adopción de medidas dirigidas al fortalecimiento institucional para la prevención de faltas administrativas y hechos de corrupción, así como para mejorar el desempeño del control interno, de conformidad con los artículos 9 fracción XII y 57 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Morelos.

Diagnósticos

Con fundamento en las facultades que le son conferidas al Comité Coordinador establecidas en el artículo 9 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Morelos, en su fracción VIII se encuentra establecida la facultad para requerir información a los Entes Públicos respecto del cumplimiento de la política estatal en materia de prevención y combate a la corrupción