Atribuciones

Artículo 11 del Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema de Corrupción del Estado de Morelos:

I. Expedir el Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva, así como aprobar, en su caso, sus modificaciones;

II. Nombrar y remover, por mayoría de cinco votos, al Secretario Técnico, en los términos establecidos en la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Morelos;

III. Aprobar el calendario anual de sesiones, lo que realizará en la primera sesión ordinaria de cada ejercicio.

IV. Establecer las políticas generales y definir las prioridades a las que deberá sujetarse la Secretaría Ejecutiva, relativas a su administración y operación en general.

V. Aprobar los programas y presupuesto de la Secretaría Ejecutiva, así como sus modificaciones, en los términos de la legislación aplicable;

VI. Vigilar que la Secretaría Ejecutiva y sus Unidades Administrativas cumplan con las Leyes aplicables, Convenios y Contratos que deba celebrar con terceros en obras públicas, adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios relacionados con bienes muebles, así como los Acuerdos que emita el propio Órgano de Gobierno.

VII. Aprobar la estructura organizacional de la Secretaría Ejecutiva, así como las modificaciones que procedan a la misma;

VIII. Nombrar y remover a los servidores públicos de la Secretaría Ejecutiva, así como aprobar el tabulador de salarios y prestaciones, y conceder licencias conforme a la normatividad aplicable;

IX. Aprobar los Manuales de Organización de las Unidades Administrativas;

X. Analizar, y en su caso aprobar los informes periódicos que rinda el Secretario Técnico;

XI. Cumplir con las obligaciones que derivan de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y demás disposiciones aplicables en materia de transparencia financiera y rendición de cuentas en el ejercicio del gasto público;

XII. Solicitar y conocer los dictámenes de auditores externos que al efecto requieran para la toma de decisiones; Las inherentes y derivadas de la naturaleza de sus funciones, necesarias para la materialización de sus decisiones y aquellas que le confiera la normativa aplicable o que por Acuerdo asuma.